ASILO

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Asilo

El asilo está basado en el miedo que una persona indocumentada tiene de regresar a su país debido al haber sido víctima de persecución o que temer ser perseguido a causa de su raza, religión, nacionalidad, o pertenencia a determinado grupo social u opinión política. El temor puede estar basado, por ejemplo, en un acto de violencia, extorción, amenazas, o atentos de daños físicos o de muerte. Está basado también en el hecho de que la persona que ha sufrido un daño o amenaza no encuentra refugio o ayuda del gobierno de su país.

El asilo se debe solicitar dentro de un año de haber entrado a los E.E.U.U. Si es detenido en la frontera someterá su aplicación directamente a la corte de inmigración para que el juez decida su caso. Si no es detenido o si hace más de un año que entro a los E.E.U.U. someterá su aplicación a la oficina de inmigración y ciudadanía y tendrá una entrevista en persona para comprobar las alegaciones. Si entro los E.E.U.U. hace más de un año, puede aplicar para asilo y tendrá que demostrar un cambio de circunstancias en el país de origen que afecta su elegibilidad para asilo. O, puede demonstrar circunstancias extraordinarias relacionadas al retraso en su aplicación – como por ejemplo algún evento que le hizo imposible someter su aplicación a tiempo.

Usted puede ser elegible para la retención de la expulsión (Withholding of Removal), para parrar su deportación. La retención de expulsión no otorga ningún beneficio de inmigración – como una residencia o permiso de trabajo – pero si retiene la deportación. Este beneficio se puede solicitar en la misma aplicación para Asilo.